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Título de la sección FONPRODE Fondo para la promoción del Desarrollo

El Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE) es una herramienta propia y al servicio de todo el sistema de la Cooperación Española con el objetivo fundamental de erradicar la pobreza, reducir las desigualdades e inequidades sociales entre personas y comunidades, y promover la igualdad de género, la defensa de los derechos humanos y el desarrollo humano y sostenible de los países empobrecidos.

El FONPRODE se configura como uno de los principales instrumentos financieros de la Cooperación Española, administrado por la AECID. De hecho, en el ejercicio de 2023 el FONPRODE disponía de una cartera de 518 millones de euros en 67 países para desarrollar proyectos y programas de cooperación que generen un impacto positivo en materia económica, social y medioambiental. El FONPRODE garantiza la capacidad de respuesta de la Cooperación Española a las necesidades y objetivos fijados por nuestra política de cooperación al desarrollo, convirtiéndolo en uno de los principales canales de ejecución de ayuda al desarrollo.

El FONPRODE, en vigor desde 2011, se creó con la reforma del Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) y la absorción del Fondo para la Concesión de Microcréditos (FCM), lo que supuso un avance fundamental en la política española de cooperación internacional para el desarrollo. El lanzamiento del FONPRODE proporcionó una herramienta financiera acorde con los requisitos de eficacia, coherencia y transparencia que impone la gestión de la ayuda al desarrollo.puede financiar operaciones de naturaleza no reembolsable y reembolsable, tanto de deuda como de capital, tales como:

  • proyectos y programas de desarrollo, con carácter de donación o de crédito no ligado en términos concesionales, de Estado a Estado​;

  • contribuciones financieras a programas de desarrollo y organismos multilaterales de desarrollo internacionales;

  • aportaciones globales y fondos que tengan en la lucha contra la pobreza su principal objetivo;

  • aportaciones a fondos y vehículos de inversión privados en sectores prioritarios para la cooperación española;

  • aportaciones a programas de microfinanzas.

Está pendiente de culminar una reforma necesaria que le dote de una mayor agilidad, eficiencia y nuevas herramientas que le permita estar a la altura de nuestros principales socios europeos actores de la cooperación financiera. Dicha reforma se ha iniciado con la creación del Fondo Español de Desarrollo Sostenible, FEDES mediante la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, si bien la ley establece un plazo de 6 meses para el desarrollo reglamentario del FEDES y la entrada en vigor del mismo, que debería producirse a lo largo de este año 2023. El nuevo fondo contará con un mayor número de instrumentos y, por tanto, mayor potencial para llevar a cabo tanto operaciones reembolsables y no reembolsables como operaciones con el sector público (créditos a Estado, apoyos presupuestarios, aportaciones a fondos fiduciarios, garantías, etc.) y con el sector privado (microfinanzas, aportaciones a fondos, inversión de impacto, etc.).

​La actividad reembolsable del fondo se rige por el Código de Financiación Responsable, que establece las medidas para garantizar la coherencia de las operaciones financiadas con cargo al Fondo, dentro de los marcos de planificación de la política de cooperación al desarrollo y los estándares internacionalmente aceptados.

El Fondo, con una dotación presupuestaria anual a cargo de los Presupuestos Generales del Estado, está adscrito a la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. La AECID es la encargada de la administración del fondo, a través de la Oficina del FONPRODE. Para el ejercicio presupuestario de 2023, se ha otorgado al FONPRODE con una dotación presupuestaria de 219 millones de euros.

Sectores de actuación

En cuanto a sectores, las operaciones de cooperación no reembolsable son, principalmente, aportaciones a organismos multilaterales e instituciones financieras internacionales de desarrollo, iniciativas y programas del sistema de Naciones Unidas o contribuciones de carácter bilateral. Además, una parte fundamental de las operaciones reembolsables se han invertido en el sector de las microfinanzas, incluyendo también  préstamos o participaciones en fondos de inversión en sectores como la seguridad alimentaria, las energías renovables, la agricultura o el desarrollo de MIPYME.

En el ciclo de 2023, la distribución sectorial de la cartera del FONPRODE quedó dispuesta de la siguiente manera: el 52% de las operaciones estuvieron destinadas a financiar actividades del sector de la agroindustria y desarrollo rural; el 27% de las operaciones fueron de inclusión financiera; el 10% de las operaciones contribuyeron al desarrollo del sector de la infraestructura; y el 8% restante se asignaron a actividades de apoyo a PYMES.

Ámbito geográfico

El ámbito geográfico de actuación del Fondo se circunscribe a los países determinados como socios de la Cooperación Española en vigente Plan Director, a las regiones prioritarias determinadas en dicho documento, y a los organismos multilaterales e instituciones internacionales de desarrollo.

Desde un punto de vista regional, la cartera del FONPRODE se distribuye de la siguiente manera: el 49% de las operaciones se realizan en América Latina y Caribe, el 33% en África Subsahariana, el 15% en países del Mediterráneo, el 2% en Europa del Este y el 0,44% en Asia Pacífico.

La actividad reembolsable del fondo se rige por el Código de Financiación Responsable, que establece las medidas para garantizar la coherencia de las operaciones financiadas con cargo al Fondo, dentro de los marcos de planificación de la política de cooperación al desarrollo y los estándares internacionalmente aceptados.

La gestión del FONPRODE

El marco normativo del FONPRODE se establece por la Ley 36/2010, de 22 de octubre, de creación del Fondo, modificada por la Ley 8/2014, de 22 de abril​, y por el Real Decreto 597/2015, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo.

El marco institucional del Fondo viene dado por su adscripción a la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, a quien corresponde su gestión. El Comité Ejecutivo es su principal órgano de gestión y se encuentra adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a través de la citada Secretaría de Estado. En dicho Comité Ejecutivo participan representantes de los ministerios y departamentos estrechamente vinculados con la cooperación para el desarrollo.

La gestión diaria del FONPRODE depende del Departamento de la Oficina del FONPRODE y Cooperación Financiera, adscrito a la Dirección de Cooperación Multilateral, Horizontal y Financiera de la AECID. Entre las tareas principales de la Oficina del FONPRODE destacan la planificación, identificación y negociación de operaciones, envío de propuestas de operaciones al Comité Ejecutivo, coordinación de las operaciones y realización de análisis, estudios y valoraciones.

Para garantizar la viabilidad, el impacto y el éxito de las operaciones que se canalicen a través del FONPRODE, se cuenta con la colaboración de dos entidades: el ICO y COFIDES.

Desde el punto de vista de recursos financieros, el FONPRODE recibe una dotación presupuestaria anual a cargo de los Presupuestos Generales del Estado. En el momento de su creación en 2011, el fondo heredó los activos, derechos, así como las obligaciones y pasivos del Fondo para la Concesión de Microcréditos (FCM)  y de la parte de Cooperación para el Desarrollo del Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD-Cooperación). Además, el fondo puede financiarse a través de los retornos (devoluciones de principal, intereses y dividendos) que reciba como resultado de las operaciones de carácter reembolsable que realice.

El FONPRODE establece un ciclo de gestión de operaciones basado en el siguiente esquema:

  1. Identificación
  2. Análisis, diligencias debidas y formulación de las operaciones.
  3. Aprobación del Comité y autorización del Consejo de Ministros.
  4. Formalización.
  5. Seguimiento.
  6. Cierre.
  7. Evaluación.

Comité Ejecutivo del Fondo

De acuerdo con el Real Decreto 597/2015, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo, el Comité Ejecutivo del Fondo (CEF) es un órgano adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional. Sus funciones y composición se detallan en el artículo 7 del citado Reglamento.

El Comité Ejecutivo se reúne en sesiones ordinarias con carácter presencial y no presencial. De cada una de las sesiones se levanta un acta, que recoge de forma sucinta los acuerdos tomados en el Comité.

Folleto/brochure FONPRODE español / English / Français


 

Información actualizada el: 30/10/2024