Comisión de Control
Título de la sección Comisión de Control
Miembros:
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Presidente: se elegirá un vocal del Consejo Rector que pertenezca al Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación
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Vocales: de dos a cuatro personas elegidas entre los miembros del Consejo Rector. No deben tener responsabilidades directas en la gestión de la Agencia.
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Secretario
Le corresponden entre otras las siguientes funciones (R.D. 1413/2007 Cap. IV, art. 15):
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Informar al Consejo Rector sobre la ejecución del Contrato de Gestión y sobre la ejecución del presupuesto de la Agencia
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Recabar información sobre los sistemas de control y procedimientos internos establecidos para asegurar el debido cumplimiento de disposiciones legales
- Determinar la información económico-financiera que ha de remitirse al Consejo Rector
Se reunirá al menos trimestralmente.
Información actualizada el: 02/08/2022
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